Resumen | |
[J] | Propiedad horizontal. Instalación de tubería para la evacuación de gases amparada en una reserva realizada en el título constitutivo. Recurso extraordinario por infracción procesal y recurso de casación. Se desestiman. La sentencia recurrida no conculca la doctrina de la sala. La Audiencia Provincial ha tenido en cuenta que dicha instalación, proyectada a través del patio interior, forma parte de la obra que la recurrida tiene que acometer para adaptar el garaje a la normativa sobre seguridad deI edificio en caso de incendio; que la misma, tal y como se refleja en el proyecto elaborado, resulta necesaria e imprescindible de cara al buen fin de la obra proyectada; y que las medidas correctoras que la recurrida tiene que llevar a cabo son las que, como resultado de la inspección realizada tras la denuncia formulada por la recurrente, el ayuntamiento impuso como necesarias, por lo que no constituyen una opción, sino una exigencia, sin perjuicio de la legalización de la superficie.(publicado en Actualidad Diaria 4719 el 16 de febrero de 2024) |
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La Comunidad de Propietarios de Garajes de la CALLE000, n.º NUM000, de Santurce (en adelante la comunidad de garajes), interpuso una demanda de juicio ordinario contra la Comunidad de Propietarios de la CALLE000, n.º NUM000, de Santurce (en adelante la comunidad de propietarios), "en ejercicio de acción declarativa de derechos (confesoria de servidumbre), de impugnación de acuerdos de comunidad y de indemnización de daños y perjuicios" en la que pidió que se dictara sentencia con los pronunciamientos que hemos copiado en el antecedente de hecho primero de esta resolución. La comunidad de propietarios se opuso a la demanda y solicitó su desestimación, así como la imposición de las costas a la comunidad de garajes. La comunidad de garajes recurrió en apelación, y la comunidad de propietarios se opuso, pero la Audiencia Provincial estimó el recurso, aunque de forma parcial, ya que denegó la indemnización solicitada tras descartar en la actuación de la comunidad de propietarios la concurrencia de culpa o falta de fundamento. La Audiencia Provincial, al contrario que el Juzgado, entiende que la instalación de la tubería litigiosa sí está amparada por la reserva mencionada. El Supremo desestima el recurso de la Comunidad de Propietarios. | |
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